Casación No. 472-2009

Sentencia del 19/08/2010

“... se establece que el recurso planteado adolece de defecto de planteamiento, en virtud que en el mismo la recurrente para apoyar sus argumentos toma como propios los argumentos manifestados por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria en resolución identificada con el número quinientos seis guión dos mil dos, de fecha dos de agosto de dos mil dos, no obstante que en dicho extracto de la mencionada resolución -utilizada por la recurrente en su recurso- la tesis se apoya en documentos que consisten en hoja de liquidación y hojas de declaración y recibo de pago del impuesto al valor agregado, los cuales constan en los folios ciento trece, ciento catorce y quinientos ochenta y seis del expediente administrativo; y respecto a ello es importante destacar que es improcedente fundamentar documentos en el submotivo invocado -interpretación errónea de las leyes-, pues como quedó explicado la de interpretación errónea de la ley es un error cometido en la actividad jurídico intelectual del juzgador, quien habiendo seleccionado la norma pertinente a los hechos controvertidos, se equivoca en el sentido y alcance que le concede a la hipótesis jurídica contenida en ésta, dándole una interpretación distinta a la que le corresponde de acuerdo a su tenor literal; que nada tiene que ver con la concatenación, observancia o valoración de documentos -medios de prueba-...”